saltar a los contenidos

Sistema de Gobierno

Sistema de Gobierno

"Todo centro urbano en que haya una población mayor a los 10.000 habitantes, tendrá una municipalidad".

Ley Provincial Orgánica de las Municipalidades, Nº 2756/39, Capítulo 1, Artículo 1º

La Municipalidad es el gobierno de la ciudad, cuyo deber es atender las necesidades sociales, materiales y culturales de la población. Puede formar sus rentas, establecer impuestos, tasas, derechos o contribuciones sobre los ramos y materias que se determinen, administrar sus bienes y enajenarlos en licitación pública y celebrar contratos.

Historia del Gobierno de la ciudad

 

Archivo relacionado

Ley Orgánica de Municipalidades (173Kb)

B. Buzón

Comentarios, sugerencias, reclamos e ideas abrir

D. Denuncias

Actos de corrupción o irregularidades en la administración municipal abrir

Violaciones de derechos y discriminación en el ámbito municipal abrir

SMS

Servicios Online


Gobierno de la ciudad de Santa Fe